ARTÍCULO 247. No deberá permitirse el acceso a los polvorines a personas que porten en ese momento cualquier substancia inflamable u objetos de metal.IdénticoÁGRAFO 1o. De acuerdo con la magnitud de las amenazas y la evaluación de la vulnerabilidad tanto interna como en el entorno y la actividad económica de la empresa, el empleador o contrat